Unas claras evidencias fundamentadas en casos reales.
Hacienda tiene autoridad para recabar información de terceros tanto en España como en el extranjero y puede pedir información a la administración tributaria de otros países, además de cruzar información facilitada por terceros en sus declaraciones:
– Pagos con tarjeta: Equivale a dejar un rastro que, en el caso de estar defraudando a Hacienda, permite que esta cuantifique con precisión los días en que se ha estado en España. Esos pagos, si se realizan en otros países europeos, también dejan migas de pan para la Hacienda española, ya que existe un marco de asistencia mutua para cruzar esta información de cara a perseguir el fraude fiscal. El plan del Gobierno para acabar con el dinero en efectivo de forma gradual tiene mucho que ver con esto.
– Huellas digitales: registros telefónicos, información bancaria y redes sociales. No solamente las propias de la persona investigada sino también las de otras cuentas de terceros que ayuden a señalar la dirección del país de residencia del investigado, que será más fácilmente localizable en la medida en que más famoso sea, y por tanto más interés suscite entre terceros como para destacar su presencia en un lugar concreto en una red social.
– Pequeños detalles claves en la investigación: Desde la ficha de cliente en un gimnasio o peluquería de confianza, colegio de tus hijos o cualquier otra información específica que pueda considerarse útil en la investigación.
Hacienda dispone de una cantidad ingente de información y puede acceder a mucha más. Puede recurrir a todo tipo de pruebas, públicas y privadas. Tiene autoridad para recabar información de terceros tanto en España como en el extranjero.
Hacienda necesita disponer de múltiples pruebas que apunten en el mismo sentido. Es la valoración conjunta de las pruebas la que permite a Hacienda situar al sujeto en un país u otro. De todas formas, lo que Hacienda no va a permitir es que el sujeto no tribute en ningún país, que sea un apátrida fiscal.
La teoría de las banderas como herramienta de obtención de la residencia fiscal.
Hacienda considera como residente fiscal en España a todo aquél que pase más de 183 días anuales en este país. También a quién radique en España el núcleo principal de sus actividades económicas de manera directa o indirecta, o a quienes tengan residiendo al cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esa persona.
Una de estas causas que van más allá de la regla de los 183 días, la de mantener en España el núcleo principal o la base de sus actividades económicas, es lo que provocó que Hacienda investigase el caso de ciudadanos de altos rendimientos que trasladaron su residencia a Portugal, con un régimen altamente favorable para figuras de ese tipo, y que ni siquiera les fuese suficiente con pasar más de la mitad del año en Portugal y ser residentes en el país al tener la base de sus negocios en España.
Recomendaciones desde Tu Empresa en Georgia.
Esta práctica lleva siendo habitual desde 2015, cuando fue publicado en el BOE un apartado dedicado a la «economía digital» en el que se explicaba cómo la administración tributaria podría obtener información de Internet para «descubrir actividades ocultas o bienes objeto de comercio ilícito» y destapar empresas «que, bajo apariencia extranjera, son en realidad empresas españolas que usan Internet para intentar eludir sus obligaciones fiscales».
Nuestra recomendación siempre ha sido, es y será la de cumplir la ley en tu país de origen y en tu nuevo país donde deseas residir, en este caso Georgia. Desde Tu Empresa en Georgia elaboramos asesoramiento específico en materia legal y fiscal para que puedas emprender tu negocio en Georgia (ya sea digital o no) y puedas tener un esquema claro de los impuestos que debes pagar de ahora en adelante, así como cualquier otro trámite o documentación registral a realizar para cumplir tus metas en esta nueva etapa.
Nunca recomendaremos a nuestros lectores y clientes que busquen mecanismos para evadir la ley del país de origen ni en Georgia ni nos haremos responsables de tus actos.
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